Perfil de país de vida laboral para Luxemburgo
Este perfil describe las características clave de la vida laboral en Luxemburgo. Su objetivo es proporcionar la información básica pertinente sobre las estructuras, instituciones, actores y regulaciones relevantes con respecto a la vida laboral.
Esto incluye indicadores, datos y sistemas normativos sobre los siguientes aspectos: agentes e instituciones, relaciones laborales colectivas e individuales, salud y bienestar, remuneración, tiempo de trabajo, competencias y formación, e igualdad y no discriminación en el trabajo. Los perfiles se actualizan sistemáticamente cada dos años.
La preocupación central de las relaciones laborales es la gobernanza colectiva del trabajo y el empleo. Esta sección examina la negociación colectiva en Luxemburgo.
Los convenios colectivos deben negociarse entre los interlocutores sociales de acuerdo con ciertas formalidades y presentarse ante el ITM para su aprobación por el Ministro de Trabajo. Existen dos tipos de convenios colectivos:
convenios colectivos tipo negociados entre un empleador o un grupo de empresas (o sus representantes) y un sindicato, que son legalmente vinculantes entre los signatarios
convenios colectivos prorrogados por un reglamento granducal y aplicables a todos los empresarios y trabajadores de la profesión de que se trate
Los niveles más importantes de negociación son los sectoriales y de empresa. La importancia relativa de los dos niveles de acuerdo varía de un sector a otro. Existen acuerdos sectoriales en sectores como la banca, los seguros, la seguridad privada, la construcción y todos los oficios relacionados, y el sector hospitalario y social. Estos acuerdos de una sola industria cubren el 100% de la fuerza laboral y son prorrogados por el Ministerio de Trabajo. Sin embargo, muchos sectores no tienen acuerdos a nivel de industria. En 2018, el 59% de todos los empleados tenían sus términos y condiciones de empleo regulados por la negociación colectiva (Statec, 2022a), lo cual es bastante alto a pesar del alto nivel de descentralización de la negociación colectiva y la debilidad de la negociación colectiva en algunos sectores. Salvo que se estipule lo contrario en el convenio colectivo, la alta dirección no está sujeta a las condiciones laborales y salariales establecidas en el convenio colectivo que se aplica al personal. Se consideran altos directivos los empleados cuyo salario sea significativamente superior a los salarios pagados al personal cubierto por el convenio colectivo. Este salario debe estar relacionado con poderes de gestión autoritarios y efectivos, independencia en la organización del trabajo y flexibilidad en los horarios de trabajo.
No existe una negociación colectiva nacional sobre salarios. Sin embargo, existe un mecanismo para la indexación salarial. Los sueldos y salarios (incluido el salario mínimo) se ajustan en función del coste de la vida. Cuando el índice de precios al consumidor aumenta o disminuye un 2,5% durante el trimestre anterior, los salarios se ajustan automáticamente en la misma proporción. El índice de precios al consumidor y su impacto en la escala móvil de salarios son publicados mensualmente por el organismo nacional de estadísticas (el Instituto Nacional de Estadística y Estudios Económicos (Statec)). El empleador debe aumentar todos los salarios en un 2.5%. Los convenios colectivos sectoriales pueden incluir tasas salariales vinculadas a la categoría salarial y un coeficiente. A nivel de empresa, los convenios colectivos sobre salarios a menudo se celebran por un período de 12 a 24 meses.
Cobertura de negociación salarial colectiva de los empleados
| Level | % (year) | Source |
| All levels | 56.9 (2018) | OECD and AIAS, 2021 |
| All levels | 73.0 (2013) | European Company Survey 2013 |
| All levels | 40.0 (2019) | European Company Survey 2019 |
| All levels | 63.0 (2010) | Structure of Earnings Survey 2010 |
| All levels | 55.0 (2014) | Structure of Earnings Survey 2014 |
| All levels | 61.0 (2018) | Structure of Earnings Survey 2018 |
| All levels | 50.0 (2019) | Statec, 2019 |
Fuentes: Eurofound, Encuesta europea de empresas 2013/2019 (incluidas las empresas del sector privado con establecimientos con más de 10 empleados (códigos NACE B-S), la pregunta de la encuesta era una pregunta de opción múltiple y era posible obtener respuestas múltiples); Eurostat [earn_ses10_01], [earn_ses14_01], [earn_ses18_01] (incluidas las empresas de más de 10 empleados (códigos NACE B-S, excluido O), con una única respuesta para cada unidad local]; OCDE y AIAS, 2021; Estadoc, 2019.
Los últimos datos nacionales sobre la cobertura de la negociación colectiva se basan en la Encuesta sobre la estructura de los ingresos de la UE de 2018. Sobre la base de esta encuesta, Statec estima que el 59% de los empleados están cubiertos por un convenio colectivo de trabajo. Según Statec (2022a), existe una gran diferencia entre el sector público (100%), la educación (92%) y las actividades sociales y asistenciales (75%), y algunas actividades del sector de servicios privados, como el comercio minorista (38%), las actividades hoteleras y de restauración (21%) y las actividades técnicas y científicas (14%). La cobertura difiere según el tamaño de la empresa, desde el 30% (para empresas de 10 a 49 empleados) hasta el 79% (para empresas de más de 1.000 empleados). La tasa global basada en la Encuesta de Estructura de Ingresos incluye al sector público. Si se excluye a los empleados del sector público, la tasa de cobertura de la negociación colectiva se sitúa en el 53% en Luxemburgo (Statec, 2022a).
Los acuerdos intersectoriales son raros y nunca cubren cuestiones como los salarios o el tiempo de trabajo. Aplican principalmente acuerdos a escala de la UE celebrados por los interlocutores sociales, por ejemplo, sobre el teletrabajo o el acoso en el lugar de trabajo.
Los niveles más importantes de negociación son los niveles sectoriales y de empresa. Los acuerdos sectoriales se aplican inicialmente solo a las empresas que pertenecen a las organizaciones de empleadores que han firmado el acuerdo, pero a menudo el gobierno los extiende a todo el sector. La importancia relativa de los dos niveles de acuerdo varía de un sector a otro. Existen acuerdos sectoriales, por ejemplo, en sectores como la banca, los seguros y la seguridad privada. Sin embargo, muchos sectores no tienen acuerdos a nivel de industria.
Niveles de negociación colectiva, 2022
| National level (intersectoral) | Sectoral level | Company level | ||||
| Wages | Working time | Wages | Working time | Wages | Working time | |
| Principal or dominant level | x | |||||
| Important but not dominant level | x | x | x | x | ||
| Existing level | ||||||
Articulación
La cuestión de la articulación es bastante teórica en Luxemburgo, ya que cuando existe un convenio colectivo sectorial es extremadamente raro encontrar una empresa con su propio convenio colectivo a nivel de empresa. Por lo tanto, los convenios colectivos a ambos niveles rara vez tienen que coordinarse. Sin embargo, si existen los dos niveles de convenio colectivo, se aplica el principio de favorabilidad hacia los acuerdos de nivel superior. Los acuerdos a nivel de empresa no pueden proporcionar peores condiciones de empleo y salarios que los acuerdos a nivel sectorial. Si las disposiciones del convenio colectivo son peores que los requisitos mínimos legales, o limitan los derechos previstos por un convenio sectorial, se declaran nulas y sin efecto alguno.
No hay grandes rondas de negociación a nivel nacional. La negociación colectiva sobre salarios existe en algunos sectores y a nivel de empresa durante varios períodos. En el sector bancario y en el sector de los seguros, los interlocutores sociales celebran generalmente convenios colectivos por un período de tres años. A nivel de empresa, los convenios colectivos sobre salarios a menudo se celebran por períodos más cortos (la ley establece que la duración mínima de un acuerdo es de seis meses y la máxima de tres años).
La forma más importante de coordinación salarial es el mecanismo de indexación salarial. En abril de 2006, los interlocutores sociales y el Gobierno decidieron en el Comité Tripartito de Coordinación modular la aplicación del mecanismo de indexación salarial para 2006-2009. La modulación pospuso hasta siete meses el ajuste periódico de los niveles salariales en función de la inflación. Esto se justificó por las preocupaciones sobre la competitividad económica tras el rápido aumento de los precios del petróleo. Durante este período, los salarios aumentaron menos que los precios generales. Sin embargo, los salarios normalmente están indexados a los cambios en el costo de vida. Por lo tanto, cuando el índice de precios al consumidor baja o sube, en principio se ajustan en la misma proporción. El objetivo es preservar el poder adquisitivo de los empleados. Aparte de eso, no hay coordinación de la negociación salarial, ni entre los niveles de negociación ni dentro de ellos.
Los convenios colectivos sectoriales cubren inicialmente solo a aquellas empresas que pertenecen a las organizaciones empresariales que han firmado el acuerdo. Sin embargo, los interlocutores sociales a nivel sectorial casi siempre piden al gobierno que las extienda a todo el sector. En 2022, el Ministerio de Trabajo y Empleo declaró dos convenios sectoriales de "obligación general". No existen otros mecanismos voluntarios de extensión o aplicación de los términos de los convenios colectivos.
No hay posibilidad de establecer excepciones a los convenios colectivos para pagar salarios inferiores al nivel acordado colectivamente. La excepción solo es posible para pagar salarios superiores al nivel acordado colectivamente. Además, según el principio de favorabilidad, los convenios colectivos deben respetar las disposiciones legales.
Para denunciar un convenio colectivo (siempre celebrado por un plazo determinado), en parte o en su totalidad, los interlocutores sociales deben solicitar su terminación con respecto al plazo de preaviso establecido en el convenio colectivo (un máximo de tres meses). A continuación, las partes deben iniciar nuevas negociaciones, que en cualquier caso deben comenzar a más tardar seis semanas antes de que el acuerdo o las disposiciones que se vayan a renegociar lleguen a término. El convenio colectivo rescindido deja de ser válido tan pronto como entra en vigor un nuevo convenio o, a más tardar, el primer día del 12º mes siguiente a la solicitud de rescisión, pero los interlocutores sociales pueden acordar una nueva fecha de expiración. Si no se solicita la terminación del convenio colectivo (o de algunas de sus disposiciones) antes de su fecha de finalización, se prorroga por un período indeterminado. Posteriormente podrá rescindirse respetando el plazo de preaviso establecido en el acuerdo.
De conformidad con el artículo L. 162-11 del Código del Trabajo, durante el período de vigencia del convenio colectivo, las partes contratantes deben abstenerse de adoptar cualquier acción que pueda comprometer su cumplimiento del convenio. También deben abstenerse de participar en cualquier huelga o cierre patronal sobre un tema regulado por el convenio colectivo.