Salario mínimo en Irlanda
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Este perfil describe cómo se regulan y establecen los salarios mínimos en Irlanda. Puede leerse como información de contexto para la revisión anual de Eurofound sobre la serie de fijación del salario mínimo. Irlanda es uno de los Estados miembros que adoptó un salario mínimo legal ('Salario Mínimo Nacional'): por tanto, el salario mínimo está fijado por ley (salario mínimo legal) y complementado por la negociación colectiva.
Los informes y recomendaciones de la Comisión de Salarios Bajos siguen siendo una parte integral del proceso formal de fijación del salario mínimo.
La Ley Nacional de Salario Mínimo (Comisión de Salarios Bajos) de 2015 complementa la Ley Nacional de Salario Mínimo de 2000, introduciendo importantes enmiendas en la descripción del proceso de fijación del salario mínimo.
La disposición más relevante de la Ley del Salario Mínimo de 2015 es la creación de la Comisión de Bajos Salarios ('An Coimisiún um Pá Íseal' en irlandés).
Finalmente, la cuarta categoría de documentos relevantes para la fijación del salario mínimo legal son las recomendaciones e informes de la Comisión de Salarios Bajos de 2015, parte integral del proceso formal previsto por la Ley de Salario Mínimo de 2000 modificada por la Ley de Salario Mínimo de 2015.
El 22 de noviembre de 2024, la S.I. 633 de 2024opens in new tab transpuso la Directiva sobre Salarios Mínimos Adecuados en la Unión Europea y actualizó la legislación primaria para garantizar el cumplimiento de la terminología de la directiva. Por ejemplo, la Comisión de Salarios Bajos fue designada como órgano consultivo.
No se realizaron cambios sustanciales en los procedimientos reales de fijación del salario mínimo.
El Ministro de Empresa, Comercio y Empleo es el órgano con competencia para promulgar la Orden que fija la tasa del salario mínimo nacional.
La Comisión de Bajos Salarios es, según la Ley que establece, un organismo independiente con funciones consultivas y de informes compuesta por un presidente y ocho miembros ordinarios: tres de los cuales representan los intereses de los trabajadores, tres los intereses de los empleadores y dos expertos en mercado laboral, derecho laboral, estadística o economía.
Aunque actúan de forma independiente, los ocho miembros son nombrados formalmente por el gobierno, específicamente por el Ministro de Empresa, Comercio y Empleo.
Además de participar en el proceso a través de su participación en la Comisión de Bajos Salarios, los socios sociales, definidos como 'cualquier organización que afirme ser sustancialmente representativa de empleados o empleadores en el Estado', también pueden participar en el proceso de forma independiente, como se describe en la siguiente sección.
El proceso de fijar el salario mínimo legal estaba, antes de 2015, legalmente descrito por la Ley Nacional de Salario Mínimo de 2000 (secciones 11-13). No preveía una actualización regular del salario mínimo, pero sí establece que el Ministro deberá, 'de vez en cuando' (artículo 12(1)), revisarlo. Sin embargo, cuando el Ministro identificó un acuerdo relevante (llamado 'acuerdo económico nacional') entre intereses económicos y sociales del Estado que incluya una recomendación relativa a la tasa salarial mínima nacional de los empleados durante la vigencia del acuerdo, en un plazo de tres meses tras ser informado de la recomendación, deberá aceptarla, mediante la promulgación de una nueva orden o modificando una existente, o rechazarlo (sección 12(2)). Dicho acuerdo económico nacional relevante podría ser comunicado directamente por los interlocutores sociales del Ministro (artículo 13(1)), quienes mantuvieron su papel en el proceso también tras la promulgación de la modificación de una orden por parte del Ministro, siendo permitido, no antes de 12 meses después de la última declaración del tipo mínimo por parte del Ministro, solicitar un examen por parte del Tribunal Laboral y hacer recomendaciones al Ministro. Los socios sociales participarían entonces en una fase de consulta ante el Tribunal Laboral, y posteriormente el Tribunal Laboral podrá hacer su propia recomendación al Ministro. En los tres meses siguientes, el Ministro aceptará, modificará o rechazará la recomendación del Tribunal, proporcionando formalmente las razones para cualquier variación o rechazo de dicha recomendación (sección 13).
Después de 2015, debido a la promulgación de la Ley Nacional de Salario Mínimo de 2015, el procedimiento descrito anteriormente cambió sustancialmente, con la Comisión de Salarios Bajos asumiendo un papel principal en la fijación del salario mínimo.
Según el nuevo procedimiento, resultado de las modificaciones a la Ley del Salario Mínimo de 2000 asignadas por la Ley de 2015, la Comisión está obligada periódicamente —una vez al año antes del tercer martes de julio— a examinar la tarifa mínima horaria nacional, hacer una recomendación al Ministro acompañada de un informe sobre los asuntos tratados (artículo 10C(1) y (2)). En el ejercicio de esta función, la Comisión consultará con los interlocutores sociales, si lo considera apropiado (sección 10C(6)).
En un plazo de tres meses desde la fecha de recepción de la recomendación de la Comisión, el Ministro declarará, mediante orden, una nueva tarifa horaria mínima nacional en los términos recomendados por la Comisión o en otros términos, o declinará emitir dicha orden, proporcionando razones para una decisión que no coincida con la recomendación de la Comisión (secciones 10C(6) y 10D).
La Ley Nacional de Salario Mínimo de 2000, modificada por la Ley Nacional de Salario Mínimo de 2015, permite identificar varios criterios aplicables al establecimiento del salario mínimo (secciones 10B y 10C(3)). Además, el 22 de noviembre de 2024, la S.I. 633 de 2024 transpuso la Directiva del Salario Mínimo a la legislación irlandesa y actualizó la legislación primaria para garantizar el cumplimiento de la terminología de la directiva. Por ejemplo, la Comisión de Salarios Bajos fue designada como órgano consultivo.
La Comisión de Bajos Salarios, en el ejercicio de sus funciones, tendrá como objetivo:
Un nivel de salario mínimo diseñado para ayudar al mayor número posible de trabajadores mal pagados.
Un nivel de salario mínimo que sea justo y sostenible.
Debe asegurarse un aumento progresivo con el tiempo.
La ausencia de consecuencias adversas significativas para el empleo o la competitividad.
Y ten en cuenta los siguientes indicadores:
Cambios en los beneficios durante el periodo relevante, incluyendo su tasa de crecimiento, niveles generales y distribución.
El poder adquisitivo de la tarifa salarial mínima por hora nacional, teniendo en cuenta el coste de la vida.
Niveles y desarrollos nacionales de productividad a largo plazo.
Valores de referencia indicativos utilizados a nivel internacional o nacional, como el 60% del salario bruto mediano, para guiar la evaluación de la adecuación de la tarifa salarial mínima nacional por hora.
Cambios en los tipos de cambio durante el periodo relevante.
Cambios en la distribución de ingresos durante el periodo relevante.
Evolución, en el periodo relevante, de los niveles de desempleo, empleo y productividad.
Comparaciones internacionales, especialmente con Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
La necesidad de crear empleo.
El efecto probable que cualquier orden propuesta tendrá sobre los niveles de empleo y desempleo, el coste de la vida y la competitividad nacional.
Los informes anuales de la Comisión de Bajos Salarios destacan que se tienen en alta consideración todos los objetivos e indicadores mencionados anteriormente, al mencionarlos al inicio del primer capítulo de cada informe.
Para mencionar otro criterio que emplea la propia Comisión en sus informes y recomendaciones, debe destacarse el 60% del salario mediano. El empleo por parte de la Comisión de este criterio fue impulsado por un anuncio gubernamental (Departamento de Empresa, Comercio y Empleo) en noviembre de 2022, con el que se lanzó la progresiva implementación de un Salario Digno Nacional (equivalente al 60% del salario medio por hora), con el objetivo de sustituir conceptualmente el Salario Mínimo Nacional para 2026. Según el comunicado, 'una vez que el salario digno nacional entre en vigor en 2026, sujeto a una evaluación del impacto del cambio, la Comisión de Salarios Bajos asesorará sobre las viabilidades prácticas de aumentar gradualmente la tasa umbral objetivo hasta el 66% del salario medio por hora'. A su vez, la decisión gubernamental se basó en la recomendación emitida por la propia Comisión en su Informe de 2022 sobre el Salario Digno publicado en marzo de 2022, en el que la Comisión de Salarios Bajos recomendaba 'fijar el umbral fijo en el 60% del salario mediano, calculando el salario mediano por hora de todos los empleados'. El proceso que condujo a la decisión comenzó con el compromiso gubernamental de avanzar hacia un salario digno expresado en el Programa de Gobierno 2020 y en las cuestiones solicitadas por el gobierno a la Comisión en enero de 2021 para examinar y hacer recomendaciones sobre la mejor manera de lograr este compromiso.
El Instrumento Estatutario 633 de 2024 realizó algunas modificaciones a los criterios de la siguiente manera:
Cambios en los beneficios durante el periodo relevante, incluyendo su tasa de crecimiento, niveles generales y distribución.
El poder adquisitivo de la tarifa salarial mínima por hora nacional, teniendo en cuenta el coste de la vida.
Niveles y desarrollos nacionales de productividad a largo plazo.
Valores de referencia indicativos utilizados a nivel internacional o nacional, como el 60% del salario bruto mediano, para guiar la evaluación de la adecuación de la tarifa salarial mínima nacional por hora.
Anuncio del Gobierno (Departamento de Empresa, Comercio y Empleo) en noviembre de 2022opens in new tab
Comisión de Bajos Salarios, Informe 2022 sobre el Salario Dignoopens in new tab
En línea con la Directiva (UE) 2022/2041 del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de octubre de 2022 sobre salarios mínimos adecuados en la Unión Europea, la legislación irlandesa se refiere explícitamente al uso de valores de referencia indicativos para guiar la evaluación de la adecuación de la tarifa salarial mínima por hora nacional. Estos incluyen valores de referencia comúnmente usados a nivel nacional o internacional, especialmente el 60% del salario medio bruto. En la práctica, este referente tiene una importancia particular en Irlanda tras la decisión del Gobierno de avanzar hacia un Salario Nacional Digno, definido como el 60% del salario medio por hora, con vistas a futuros aumentos con el tiempo, sujetos a las condiciones económicas y las evaluaciones de impacto. La Comisión de Bajos Salarios utiliza estos valores de referencia indicativos como herramientas analíticas dentro de un marco de evaluación más amplio, en lugar de como mecanismos automáticos de ajuste.
El salario mínimo legal irlandés es vinculante para toda la economía, tanto en el sector privado como en el público. Aparte de las tarifas sub-mínimas aplicables a los empleados jóvenes (véase la siguiente sección), la Ley del Salario Mínimo prevé pocas excepciones:
Empleados que son parientes cercanos del empleador – cónyuge o pareja de hecho, padre, madre, abuelo, abuela, padrastro, madrastra, hijo, hijastra, hijastro, hijastro, nieto, nieta, hermano, hermana, medio hermano o media hermana (sección 5(a)).
Aprendices (sección 5(b)).
Finalmente, la Ley (Parte 6, secciones 4 y siguientes prevé una excepción adicional) en los casos de dificultades financieras de la empresa, en los que el Tribunal Laboral pueda eximir al empleador de la obligación de pagar la tarifa mínima nacional por hora por un periodo no inferior a tres meses y no más de un año, y no más de una vez, tras una solicitud formal ante el Tribunal Laboral por parte del empleador. Una condición para conceder la excepción es que el empleador deba, en caso de emplear a más de una persona, haber alcanzado un acuerdo con la mayoría de los empleados o con los representantes de la mayoría de los empleados o, alternativamente, que se aplique un convenio colectivo a la empresa que ya prevea esta posibilidad. En caso de emplear solo a una persona, debe llegar a un acuerdo con el empleado. Además, también es necesario que el empleador aporte pruebas de una situación financiera que no permita pagar el salario mínimo, y de las consecuencias del despido de los empleados implicados en el acuerdo si el empleador se ve obligado a pagar la tarifa mínima nacional por hora. Finalmente, debe señalarse que esta excepción no se aplica a submínimos, que no pueden reducirse más.
Variaciones en los salarios mínimos legales De acuerdo con el artículo 15 de la Ley Nacional de Salario Mínimo, el Ministro de Empresa, Comercio y Empleo deberá establecer un porcentaje de la tarifa salarial mínima por hora aplicable a:
Empleados menores de 18 años, para los cuales, en cualquier caso, el porcentaje debe ser no inferior al 70% de la tarifa horaria mínima nacional.
Empleados que tengan 18 años, para los cuales, en cualquier caso, el porcentaje debe ser no inferior al 80% de la tarifa horaria mínima nacional.
Empleados de 19 años, para los cuales en cualquier caso el porcentaje debe ser no inferior al 90% de la tarifa horaria mínima nacional.
Al fijar la cantidad de estas tarifas sub-mínimas, el Ministro debe tener en cuenta indicadores tales como
El estado del mercado laboral
Los costes del empleo
Niveles de empleo juvenil
Niveles de desempleo juvenil
De hecho, las tarifas mínimas vigentes hasta los 19 años reflejan los porcentajes mínimos establecidos por la ley.
Todas las normas legales relevantes relacionadas con el salario mínimo legal siempre se refieren a la tarifa mínima nacional 'por hora', creando una obligación legal de expresar el salario en términos horarios.
Dada la calificación horaria del salario mínimo, el número de horas trabajadas durante la semana o el mes es irrelevante (cada hora, independientemente del número de horas trabajadas, debe recibir al menos el salario mínimo legal).
No existen pagos mensuales adicionales previstos por la ley, aparte de las vacaciones anuales remuneradas ('derecho legal', correspondientes a cuatro semanas al año), que sin embargo forman parte de la regulación del tiempo de trabajo y no de la regulación del salario mínimo.
La tarifa salarial mínima nacional por hora declarada por Orden de acuerdo con la Ley de Salario Mínimo (modificada por la Ley de 2015) puede incluir una asignación relativa a alojamiento y pensión única, solo alojamiento o a las tarifas especificadas en la orden.
En la práctica, las órdenes ministeriales suelen establecer tales tarifas (que ascenden a 1,14 € por hora trabajada para la pensione, y a 30,00 € por semana, o 4,28 € al día, para la pensione, según la última orden S.I. nº 497/2023).
La Ley de Salario Mínimo enumera todos los componentes salariales y no calculables para calcular la tarifa media por hora y una sección sobre el cálculo de la tarifa mínima por hora (secciones 18-20 y F24[anexo 1] de la ley revisada). La lista de componentes salariales previstos por la Ley es bastante larga y exhaustiva (incluyendo un total de 27 componentes salariales). En resumen, los componentes calculables son los siguientes:
Salario básico.
Prima de turno.
Tasas de parte e incentivo, comisiones y bonificaciones, que están relacionadas con la productividad.
Valor monetario de la pensión con alojamiento o solo alojamiento, o solo alojamiento, no excediendo la cantidad, si la hay, prescrita para los fines de este artículo.
Cargos por servicio que se entregan a través de la nómina.
Pagos de cero horas.
En general, cualquier otro componente del salario no es contabilizable: estos incluyen la prima por horas extra, horas no sociales, festivos o trabajos de fin de semana; permisos de guardia o de espera; derecho a vacaciones anuales; la baja por enfermedad y otros pagos o compensaciones a los que el trabajador tiene derecho en caso de incapacidad o imposibilidad de trabajar; indemnizaciones por despido y despido; propinas, pagadas en cualquier forma y sin importar la modalidad de pago; asignaciones por tareas especiales o adicionales; premios como parte de un programa de sugerencias para el personal; préstamos concedidos por el empleador; pagos o beneficios en especie (excepto alojamiento y alojamiento); adelanto de salario o cualquier otra asignación y pago no incluido en la lista anterior.
Al determinar si un empleado recibe un pago no inferior a la tarifa mínima por hora a la que tiene derecho en un periodo de referencia salarial, la remuneración bruta del empleado calculada conforme a estas normas se dividirá por el total de horas de trabajo del empleado en el periodo de referencia salarial.
Orden Ministerial S.I. Nº 497/2023opens in new tab
La Comisión de Salarios Bajos publica informes anuales que están previstos por la Ley de Salario Mínimo (modificada en 2015) y que forman parte integral del proceso de fijación del salario mínimo legal, tal como se describe en la sección correspondiente.
Todos los informes anuales están disponibles públicamente en una página específica de la página web oficial del gobierno; Para un enlace a los últimos informes:
Entre otros recursos sobre salarios mínimos, cabe mencionar la investigación realizada por los siguientes institutos:
Comisión de Salarios Bajos: además de los informes anuales mencionados en la sección anterior, la Comisión también publica informes complementarios, análisis y recomendaciones sobre el salario mínimo, así como informes adicionales sobre cuestiones relacionadas con el salario mínimo (submínimos, igualdad de género, alojamiento y alojamiento, etc.). Estas publicaciones están disponibles en una sección dedicada de la página web del gobierno (la misma donde se encuentran los informes anuales).
Instituto de Investigación Económica y Social (ESRI). Entre sus publicaciones, la investigación sobre temas relacionados con el salario mínimo puede encontrarse en la lista de publicaciones del Instituto, que es de acceso público.
También está disponible investigación específica por país sobre salarios mínimos en los repositorios de las principales universidades irlandesas.
Publicaciones de la Comisión de Bajos Salariosopens in new tab
Instituto de Investigación Económica y Social (ESRI ) Publicaciones ESRIopens in new tab